México, noviembre (SEMlac).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJ) es el máximo tribunal Constitucional, que define a sus ministros y ministras por tener la máxima calificación en esa materia y amplia experiencia en el análisis de la carta magna y en la tarea de impartir justicia, sin posiciones ideológicas o partidarias, opinan a SEMlac feministas y académicas.
Con esa definición, ninguna de las mujeres propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador para ocupar la banca de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, cuya renuncia fue admitida la pasada semana por el Senado de la República, cuenta con los requisitos básicos.
Ellas, María Elena Ríos González, Lenia Batres Guadarrama y Bertha María Alcalde Luján, además, con toda claridad son militantes de la propuesta política del presidente López Obrador, por lo que no cumplen el requisito de la autonomía necesaria para ser ministras de la SCJ. Dos, además, han trabajado en los últimos años en tareas policiacas y de anticorrupción desde el ejecutivo.
El caso de María Estela Ríos González, quien es la titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), de larga carrera como abogada sindicalista, trabaja desde hace más de 20 años con el gobernante. De acuerdo con la legislación vigente, quedaría automáticamente descartada del proceso, pues su cargo le impide integrarse como ministra a la SCJN.
El artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece los requisitos para que una persona pueda ser electa como ministra de la Corte.
Además de la ciudadanía mexicana por nacimiento y una licenciatura en Derecho, entre las exigencias para ocupar este puesto está «no haber sido secretario de Estado, fiscal general de la República, senador, diputado federal, ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa durante el año previo al día de su nombramiento».
Reacciones
La ex magistrada Alicia Pérez Duarte, investigadora del instituto de jurídicas de la UNAM, feminista, hizo notar que el hecho de que sean mujeres no significa capacidad. No, por ser mujeres, esto va más allá del sexo, si es la elección, debe cumplir con los requisitos constitucionales; desde la edad hasta la experiencia y las «virtudes».
Para Leonor Mejía, presidenta de Acción Nacional en el estado de Querétaro, su partido mantiene la posición de rechazo a las tres propuestas para ocupar el lugar vacante de la Suprema Corte de Justicia.
Una cuestión adicional es que las integrantes de la terna para el Máximo Tribunal son muy cercanas al partido oficial, han trabajado para su movimiento y nunca, ni académica y profesionalmente, se han destacado en tareas constitucionales.
Antecedentes
Luego de que Arturo Zaldívar Lelo de Larrea renunció como ministro de la SCJN, y el Senado aprobó esa renuncia que debió sustentar por «una causa grave», el Presidente anunció en su mañanera que, en tiempo de mujeres, enviaría una terna femenina. Así, propuso a tres mujeres: Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González.
Las tres, con una hoja curricular más cercana a la lucha social y no a la impartición de justicia, actualmente tienen posiciones en la administración del gobierno federal. Dos de ellas fueron colaboradoras de López Obrador, desde que este ocupó la jefatura de gobierno en la Ciudad de México, entre el año 2000 y el 2006.
Por esta razón en todas las redes sociales y en los partidos del Frente Amplio, se expresó el rechazo, y el Senado, que deberá decidir, necesita una mayoría calificada. Se exigirá de ellas su capacidad en el Máximo Tribunal del País, para ser capaces de la tarea del poder judicial, donde hay que respetar la Constitución y revisar y vigilar la tarea del poder Ejecutivo.
Hoy y de antaño las tres son subordinadas del poder presidencial. Dos, además, hijas o hermanas de personas militantes de la 4T.
El reclamo, señaló el Partido de la Revolución Democrática, es además la desfachatez de no ocultar claramente la cercanía y lealtad al presidente, con la duda muy clara de no tener la autonomía e imparcialidad -como máximas jueces en la Corte-, además de que las tres carecen de experiencia en el campo.
Personas que reciban «línea», dicen las feministas, a pesar de ser mujeres no se puede festinar. Hoy la SCJN está presidida por Norma Lucía Piña Hernández, cuya asignación fue muy aplaudida. Las y los ministros son actualmente 11; de estos, además de la presidenta, tres son mujeres: Ana Margarita Ríos Farjat, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.
Las de la terna, sus credenciales
Bertha María Alcalde Luján: Es hija de dos famosos sindicalistas. Su madre, Bertha Luján, ha estado en la dirigencia del partido oficial. Su hermana es la secretaria de Gobernación, Luisa Ma. Alcalde y ella, Bertha María Alcalde Luján, se desempeña como asesora jurídica de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris); fue aspirante a una consejería en el Instituto Nacional Electoral (INE).
Alcalde Luján es licenciada en Derecho por la UNAM y maestra por la Universidad de Nueva York. Se ha especializado en Derecho Penal y Derecho Comparado.
Su experiencia es de abogada litigante, ha sido docente y asesora de instituciones de seguridad y justicia penal. De 2007 a 2015 trabajó en la reforma del Sistema de Justicia Penal.
Posteriormente, entre diciembre de 2018 y noviembre de 2020, fue abogada y luego jefa de oficina en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal. Más tarde fue delegada de programas federales en Chihuahua, donde coordinó la estrategia de vacunación en la entidad.
Antes de aspirar a la presidencia del instituto electoral, Bertha Alcalde Luján era comisionada de Operación Sanitaria en la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), que tiene que ver con las medicinas y las vacunas, donde, declaró, fue invitada a laborar en esta dependencia para combatir la corrupción interna.
Lenia Batres Guadarrama: Hija de dos antiguos militantes del Partido Comunista y luego del Partido de la Revolución Democrática: Cuauhtémoc Batres y Rosario Guadarrama; es también abogada, ha sido diputada federal, y desde hace más de 20 años ha formado parte del ejército administrativo de distintas dependencias de la Ciudad de México.
Actualmente trabaja con la Consejería Jurídica del Gobierno Federal, con Estela Ríos, y se ha distinguido como activista política.
Tiene una licenciatura en Derecho, una maestría en Derecho Penal y otra en Estudios de la Ciudad. Es maestra en Gestión Pública.
María Estela Ríos González: Es titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, de perfil sencillo, nada protagónica ni con muestras de liderazgo, hace 23 años fue consejera Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal.
Como abogada sindicalista fundó, con el padre de las Alcalde Luján, la Asociación de Abogados Democráticos. Luego fue directora general de Ordenamiento de la Propiedad Rural en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y Procuradora de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal.
Es licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), con maestría en Ciencias Políticas y Sociales por la misma casa de estudios y otra maestría en Derecho Laboral por el Centro Universitario Emmanuel Kant. Por ley se considera impedida de ocupar el sitio vacante en la SCJN.
En la Cámara
En la recta final de la sesión ordinaria del pleno cameral, Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, informó de la recepción de la terna remitida y ordenó turnar los expedientes correspondientes a la Comisión de Justicia para su dictaminación. Es el Senado el que decidirá sobre alguna de las tres, o por ninguna, de esta terna.
De acuerdo con la Constitución, si la primera terna sometida a consideración del Senado es rechazada al no reunirse la votación calificada equivalente a dos terceras partes de los votos requerida para su aprobación, «el Presidente de la República someterá una nueva»; si la segunda terna fuera rechazada también, ocupará el cargo de ministro «la persona que dentro de dicha terna designe el presidente de la República».
Los senadores cuentan con un plazo «improrrogable» de 30 días, contados a partir de la recepción de la primera terna, para nombrar al nuevo ministro de la Corte.